Crónica Extremadura.

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Conductor de camión interceptado cerca de Miajadas supera siete veces el límite de alcohol permitido

Conductor de camión interceptado cerca de Miajadas supera siete veces el límite de alcohol permitido

CÁCERES, 6 Oct.

La Guardia Civil ha puesto a disposición judicial al conductor de un camión que septuplicaba la tasa de alcohol permitida y que fue interceptado el pasado 1 de octubre cerca de la localidad cacereña de Miajadas.

Los hechos tuvieron lugar en la tarde del pasado domingo cuando un ciudadano avisó a la central 062 de la Comandancia de Cáceres de la circulación irregular, por la autovía A-5, de un vehículo pesado que circulaba arrastrando un semirremolque de masa máxima de 35.000 kilogramos, lo que acrecentaba el peligro potencial de dicha conducta.

De forma inmediata se alertaron a los agentes en servicio y una patrulla de Seguridad Ciudadana logró interceptar al camión y proceder a su detención en un lugar seguro, cuando se encontraba próximo a Miajadas.

Los agentes intervinientes observaron síntomas evidentes de que el conductor se encontraba bajo los efectos de bebidas alcohólicas y comunicaron este hecho a los integrantes de una patrulla de Tráfico que, al personarse en el lugar, pudieron constatar este extremo con las pruebas de alcoholemia que le fueron realizadas.

Así, y como ha informado la Guardia Civil en nota de prensa, el conductor arrojó un resultado positivo de 1,17 y 1,16 mg/l. de alcohol en aire espirado, respectivamente, cuando la tasa máxima permitida de alcohol para conductores profesionales es de 0,15 mg/l., por lo que superaba en más de siete veces mencionada tasa.

El conductor, un varón de 34 años, fue investigado y puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en funciones de Guardia de Trujillo, por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial, consistente en conducir un vehículo a motor superando las tasas de alcoholemia legalmente establecidas.

La Guardia Civil quiere concienciar a los ciudadanos en general y a los usuarios de las carreteras en particular del peligro que generan este tipo de conductas tratándose, además, de un delito expresamente recogido en Código Penal.

Este delito puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, con privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.