Crónica Extremadura.

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La Guardia Civil detiene a camionero en Trujillo por conducir ebrio, cuadruplicando el límite autorizado.

La Guardia Civil detiene a camionero en Trujillo por conducir ebrio, cuadruplicando el límite autorizado.

En un preocupante incidente que subraya los riesgos asociados con la conducción bajo los efectos del alcohol, la Guardia Civil ha iniciado una investigación en Mérida tras interceptar a un conductor de camión de 51 años que vastamente excedió el límite legal de alcohol en su sistema mientras transitaba por la autovía A-5 cerca de Trujillo, en Cáceres.

El suceso tuvo lugar el 28 de agosto, cuando el Destacamento de Tráfico de Cáceres recibió múltiples llamadas alertando sobre un camión que mostraba una conducción "errática". Debido a la gravedad de la situación y al riesgo que implicaba, los agentes se dirigieron rápidamente al lugar para identificar y detener al vehículo.

Al encontrar el camión, los agentes procedieron a realizar una detención controlada en un área de servicio ubicada en el kilómetro 245 dirección Madrid. Durante la identificación del conductor, las autoridades le informaron de la razón de la intervención y le sometieron a una prueba de alcoholemia.

Los resultados de la prueba fueron alarmantes: el camionero registró un nivel de 0,68 mg/l de alcohol en aire espirado, frente al límite máximo de 0,15 mg/l estipulado para conductores profesionales. Este resultado implica que el conductor cuadruplicaba la tasa legal permitida.

Como consecuencia, el camión fue inmovilizado en el acto y el varón quedó bajo investigación por presunto delito de conducción bajo los efectos del alcohol. Las diligencias policiales correspondientes han sido presentadas ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Trujillo, donde el acusado deberá enfrentar las consecuencias de sus actos.

El conductor, ahora en una situación comprometida, podría enfrentar penas que oscilan entre tres meses y seis de prisión, además de una multa de seis a doce meses o trabajos comunitarios que varían de 31 a 90 días. Asimismo, se le prevé una prohibición de conducir vehículos de motor que podría extenderse de uno a cuatro años, conforme a lo estipulado en el artículo 379.2 del Código Penal.