MÉRIDA, 23 Jun. - La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha rechazado una querella presentada por Ecologistas en Acción contra los 33 diputados de la Asamblea de Extremadura que aprobaron la ley de zonas Zepa.
La querella pretendía demostrar que los querellados habrían cometido los delitos de prevaricación administrativa y desobediencia a la autoridad judicial al haber votado a favor de una ley aprobada en el parlamento autonómico, en concreto la Ley 2/2023, de 22 de marzo, por la que se regulan determinados aspectos de la Red Ecológica Europea Natura 2000 en la región.
El TSJEx ha señalado que los querellados son parlamentarios autonómicos que votaron una proposición de ley en sede parlamentaria y que cumplían su función como tales. Por tanto, sostiene que no se puede exigir una responsabilidad penal que dejaría sin contenido la inviolabilidad parlamentaria, que está recogida en la Constitución Española.
El reglamento de la Asamblea de Extremadura establece que "Los diputados de la Asamblea de Extremadura gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en actos parlamentarios y por los votos emitidos en el ejercicio de cargo, aún después de haber cesado en su mandato".
En cuanto al delito de desobediencia a la autoridad judicial, la Sala ha indicado que si el querellante considera que la norma vulnera la Constitución, deberá acudir a los recursos legales establecidos al efecto. En cualquier caso, la votación de una ley en sede parlamentaria por unos parlamentarios no constituye el delito de desobediencia.
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