Crónica Extremadura.

Crónica Extremadura.

El TSJEx se declara incompetente en el caso de Gallardo y remite el asunto al Juzgado de Badajoz.

El TSJEx se declara incompetente en el caso de Gallardo y remite el asunto al Juzgado de Badajoz.

La controversia en torno al aforamiento de Miguel Ángel Gallardo, secretario general del PSOE en Extremadura, ha suscitado una serie de interrogantes sobre la integridad del sistema judicial. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha emitido un fallo en el que señala la "falta de competencia objetiva" para continuar con la causa que involucra a Gallardo, el hermano de Pedro Sánchez y otros nueve investigados.

En la decisión tomada este lunes, el TSJEx ha optado por devolver el caso al Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, permitiendo que avance en sus actuaciones hasta llegar a una resolución. Esta determinación ha sido respaldada por un auto en el que la Sala Civil y Penal del tribunal aclara que el aforamiento de Gallardo no se trata de una mera formalidad derivada de su reciente elección, sino que más bien refleja una serie de maniobras destinadas a evadir la adecuación legal de la competencia judicial.

El tribunal expresa que Gallardo no ha adquirido su condición de aforado de manera legítima tras las elecciones para la Asamblea de Extremadura, sino que, a través de un conjunto de acciones sistemáticas y aceleradas, se busca obtener esta figura jurídica con el fin de eludir la supervisión del Juzgado de Instrucción y de la Audiencia Provincial.

Entre las irregularidades detalladas, se cita que las renuncias de los cuatro candidatos que antecedían a Gallardo en la lista del PSOE coincidieron de manera sospechosa el mismo día de las elecciones, sin el sustento de documentación que respalde la espontaneidad de tales decisiones. El tribunal destaca que estos actos carecen de transparencia y formalidad, lo que plantea serias dudas sobre su validez.

El TSJEx también subraya que la correcta sucesión de los candidatos debe seguir un orden riguroso y no puede realizarse de manera apresurada o en un contexto que permita cuestionar la voluntad de los renunciantes. En este caso, esas renuncias fueron notificadas de forma notarial y no ante la Asamblea, lo que contraviene los procedimientos establecidos.

La sala concluye que estas acciones apuntan a una manipulación inadmisible del proceso judicial, evidenciando un intento de los implicados en la candidatura del PSOE de influir de manera indebida en la competencia del TSJEx para que este tribunal asumiera el conocimiento del caso.

El tribunal advierte que el aforamiento debería ser un mecanismo destinado a proteger la independencia institucional, y no una herramienta que se pueda manipular en función de conveniencias personales. El TSJEx refuerza la idea de que la figura del aforamiento no puede aplicarse arbitrariamente ni ser interpretada de manera extensiva.

Añaden que en este caso específico, la adquisición del estatus de aforado por parte de Gallardo se produce en un contexto altamente cuestionable, ya que se da en medio de un proceso penal activo. Esto plantea preocupaciones sobre las verdaderas motivaciones detrás de su aforamiento, lo que podría estar en desacuerdo con los principios fundamentales que sustentan esta figura legal.

El tribunal finaliza su discurso aclarando que el aforamiento no implica libertad de acción sin consecuencias legales. De este modo, cuestionar la independencia de las instituciones judiciales es un ataque a los cimientos de la justicia, un principio que debe regir en nuestras democracias como se estipula en la Constitución.

Es importante mencionar que la resolución del TSJEx no es definitiva, y existe la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, lo que añade una nueva capa de complejidad a este caso ya de por sí intrigante.